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I-212 exención de fraude
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Formulario I-212 Exención De Fraude De Inmigración

Las leyes de inmigración son complejas, cambian constantemente y, a menudo, son difíciles de entender. Cuando se acusa a un inmigrante de tergiversar información de manera fraudulenta o deliberada para obtener una visa o la admisión a los Estados Unidos, ha cometido un fraude de inmigración. Para restaurar cualquier beneficio migratorio que hayan perdido y para evitar procedimientos de deportación, deben presentar una Formulario I-212 con USCIS. Esto es un exención de fraude bajo la ley de inmigración.

En Ybarra Maldonado Law Group, entendemos lo difícil que puede ser navegar procesos de inmigración complejos por su cuenta. Por eso nuestro Abogados de inmigración en Phoenix se dedican a los inmigrantes y familias inmigrantes en nuestra área. Si es un aspirante a inmigrante o un residente permanente legal que busca exenciones de inmigración por fraude o inadmisibilidad, estamos aquí para ayudarlo. 

Para programar su consulta con nosotros, llame hoy a nuestra oficina legal de Phoenix al (602) 905-9299.

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    Estamos Dedicados a Mantener Un Vínculo Fuerte Y Raíces Profundas en Nuestras Comunidades en Arizona.
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¿Para qué se utiliza el Formulario I-212?

Como dijimos anteriormente, El formulario I-212 solicita permiso para solicitar la readmisión a los Estados Unidos. Después de enviar el formulario, el gobierno de los Estados Unidos dará su consentimiento o no para permitir que el inmigrante solicite el reingreso. Aquellos que hayan sido removidos o que hayan pasado por procesos de deportación deben presentar el I-212 y obtener su aprobación antes de que puedan regresar. Regresar al país antes de ser aprobado podría resultar en una prohibición permanente de inadmisibilidad.

¿Quién es elegible para el Formulario I-212?

Cuando un ciudadano extranjero es expulsado o deportado en virtud de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, generalmente se le exige que espere un cierto período de tiempo antes de que pueda solicitar el reingreso. Ejemplos de barras comunes de inadmisibilidad incluyen los siguientes.

  • Barras de 5 años: Los removidos a través de un procedimiento sumario de exclusión o remoción que ocurrió cuando llegaron a los Estados Unidos.
  • Barras de 10 años: Los removidos después de una audiencia de deportación o que hayan salido del país estando pendiente una orden de remoción.
  • Barras de 20 años: Los que hayan sufrido una segunda o posterior remoción.
  • Barras permanentes: Los condenados por delitos agravados o los que estuvieron ilegalmente en el país por más de un año. O aquellos a quienes se les ordenó ser removidos, pero que intentaron o tuvieron éxito con un reingreso. Para calificar para una exención I-212, deben haber pasado 10 años desde la última vez que salió de los Estados Unidos.

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